Hay seis pasos indispensables para que tú, como facturador electrónico, manejes correctamente una falla tecnológica que impida la emisión de la factura electrónica con validación previa:
1. Realizar el envío de una carta a la DIAN informando el inconveniente tecnológico presentado. Encuentra las características de esta comunicación escrita aquí.
2. Contar con una resolución de autorización de numeración de facturas de talonario o de papel y asociar prefijos (rangos de numeración de facturación). Esta resolución debe estar vigente antes de realizar la emisión de la factura. Encuentra aquí el detalle de este proceso ante la DIAN.
3. Las operaciones llevadas a cabo durante el inconveniente tecnológico se deberán facturar mediante el mecanismo de facturación de talonario o de papel. Conoce más información aquí.
4. En el momento en el que se presente el inconveniente tecnológico, se deberá sincronizar la resolución de numeración para la facturación de talonario o de papel en la plataforma de Siigo. Para más detalle ingresa aquí.
5. Una vez se supere el inconveniente tecnológico, dentro de las 48 horas siguientes, se debe remitir a la DIAN por medio de la plataforma de facturación electrónica, un documento de transmisión electrónico, el cual deberá contener todos los datos de la factura de talonario o de papel. Encuentra más información aquí.
6. El facturador electrónico debe verificar el envío y la validación del documento de transmisión electrónico a la DIAN por cada factura de talonario o de papel emitida. Conoce toda la información aquí.
SOPORTES NORMATIVOS:
- Artículo 616-1 del Estatuto Tributario.
- Artículo 31 y 32 de la Resolución No. 42 de 2020.
- Numeral 5 del Anexo Técnico de la Resolución No. 42 de 2020.
Tengo una pregunta ,la numeracion que se registra en la factura de contingencia (papel) es diferente a la facctura electronica ya existente o es numeracion diferente. gracias
3 junio, 2023 at 11:34 pmBuen día, es necesario solicitar una resolución de facturación de talonario o papel de esta manera.
5 junio, 2023 at 8:27 amYA ME AUTORIZARON LA FACTURACION EN PAPEL . QUE DEBO HACER AHORA. COMO SINCRONIZO CON SIIGO
28 abril, 2023 at 12:24 pmBuen día Ruth, una vez cuentes con la resolución de facturación de contingencia, es necesario sincronizar y configurar el comprobante de esta manera.
28 abril, 2023 at 5:34 pmBuenos días una pregunta . una factura después que la Dian y el cliente la aceptan se le puede hacer una nota crédito
11 noviembre, 2022 at 9:49 amHola María, puedes anular la factura electrónica aplicándole una nota crédito electrónica de esta manera.
11 noviembre, 2022 at 10:28 amTengo una duda, no he podido enviar una factura electrónica, estoy haciendo la factura de contingencia, luego debo enviar la factura electrónica de venta con su consecutivo normal, verdad? o quedaría enviada a la dian la factura de contingencia, con otro consecutivo y esta quedaría electrónica? Contablemente quedaría doblemente contabilizada? factura de electrónica de venta y factura de contingencia. quedo atenta.
24 septiembre, 2021 at 4:17 pmBuenos días Rubi, estamos felices de que consultes nuestro portal de clientes. Solo envías la de contingencia y con esto no es necesario realizar una nueva.
24 septiembre, 2021 at 5:03 pmLa información es muy útil pero falta última aclaración de posteriormente cómo se envía la factura de contingencia a la DIAN en el formato XML, cuando ha pasado la contingencia, o eso lo hace el sistema internamente, cómo se opera?
29 agosto, 2020 at 10:08 amHola Milton, cuando realizas la factura de contingencia en el programa y das clic en «Guardar y enviar electrónicamente” el programa envía la factura a la DIAN con las respectivas especificaciones.
31 agosto, 2020 at 10:29 am