La incapacidad laboral se presenta cuando un empleado no puede realizar sus funciones debido a una enfermedad o accidente. Es indispensable registrar esta novedad en la liquidación de la nómina para que el sistema realice los cálculos de subsidio y ajuste el pago del empleado conforme a la normatividad legal.
Importante: si el menú que visualizas a continuación es diferente a esta guía, consulta captura novedad de incapacidad en el menú anterior.
Para capturar novedad de incapacidad sigue estos pasos:
1. Revisa los conceptos que corresponden a las incapacidades y define las bases para el empleado. Para ello, te diriges por el ícono Configuración
– Nómina – Generales – Conceptos de Nómina.

- Al ingresar, realizas la búsqueda de los conceptos y en la columna acciones, das clic sobre el botón Editar
para acceder a la configuración.

- Allí, defines si el concepto de incapacidad va a ser base para prima, vacaciones y cesantías:

- Una vez realices la configuración correspondiente, das clic en el botón Guardar cambios
.
2. Luego, crea tu nómina seleccionando el módulo de Nómina y en la pestaña Nóminas, selecciona el botón + Crear nómina
.

3. Ubicas el empleado, al cual le vas a ingresar la novedad de incapacidad y seleccionas la opción + Añadir novedad
.

De esta forma, se habilita la siguiente pantalla y te ubicas en la sección “Incapacidades”, defines el tipo de incapacidad y eliges la fecha de inicio y fin.

4. Una vez completes la información, seleccionas el botón Agregar
y en el listado de empleados podrás dar clic en el enlace “Ver detalle” donde visualizas la lista de novedades que hay agregadas.
- El sistema va a calcular el valor automáticamente, sin embargo, puedes modificarlo de forma manual.
- En una incapacidad, los aportes de salud serán asumidos por el empleador durante los dos primeros días y por la EPS a partir del tercer día y por el fondo de pensiones a partir del día 181, según el Decreto 780 del 2016 y el Concepto Mintrabajo 53997 del 2020.
- Durante los períodos de incapacidad por riesgo común será obligatorio realizar los pagos de los aportes de salud y pensión y se tomará como IBC el valor de la novedad de incapacidad, según lo establecido en el Decreto 780 de 2016.
- Cuando un empleado tiene una incapacidad de origen profesional, la ARL cubrirá el valor de la incapacidad al 100% según lo establecido en la Ley 776 de 2002.
- Si el trabajador tiene salario integral, el reconocimiento de las incapacidades es igual a los que no tienen ese tipo de salario, pero el IBC se toma del 70% del salario, según lo resuelto por el Concepto Mintrabajo 53997 del 2020.
- Ten presente como Siigo realiza el cálculo del IBC cuando un empleado tiene incapacidad.
¡Buen trabajo! Ahora estás listo para capturar novedad de incapacidad en tu nómina electrónica.